Aprendiendo del #TrabajoSocial en tiempos de pandemia

Altruismo, voluntariado y solidaridad garantizada /2

  • Hoy vamos a reflexionar sobre altruismo, voluntariado y solidaridades varias

María José Aguilar

En las últimas horas leo artículos y videoblogs de conocidos periodistas, haciendo referencia a las redes de voluntariado que están apareciendo en nuestro país, basadas en la solidaridad vecinal. Percibo en ellos ciertas confusiones, como si la solidaridad fuera solo una cuestión de altruismo. Y no es así. Hoy vamos a reflexionar sobre altruismo, voluntariado y solidaridades varias.

¿Quién es una persona voluntaria?

Cualquier persona que actúa desinteresadamente, con responsabilidad, sin remuneración económica, en una acción realizada en beneficio de la comunidad, de acuerdo con un programa de acción. Su actividad solidaria y social (no una actividad laboral habitual) procede de un proceso de sensibilización y toma de conciencia, que respeta plenamente a las personas a las que se dirige y suele realizarse en grupo. Esa actividad se llama voluntariado.

¿Qué significa voluntariado?

Es la acción voluntaria organizada que se desarrolla dentro de una organización sin ánimo de lucro por personas físicas que, de manera altruista y solidaria, intervienen con otras personas y la realidad social, frente a situaciones de vulneración, privación o falta de derechos u oportunidades para alcanzar una mejor calidad de vida, y una mayor cohesión y justicia social como expresión de ciudadanía activa organizada (ya se que es larga, pero esta es la definición oficial de la Plataforma del Voluntariado de España, los subrayados son míos).

De acuerdo con lo anterior, las personas que hacen actividades de voluntariado, están movidas por la solidaridad y el altruismo (preocupación o atención desinteresada por otras personas, opuesta al egoísmo). Para que una organización se considere voluntaria (o de voluntariado), tiene que tener estas características: una cierta formalización o estructuración; tiene que tener carácter no gubernamental; no puede tener ánimo de lucro (el afán de lucro es lo propio de organización privada mercantil); debe ser de carácter altruista y solidario.

Funciones del voluntariado en la intervención social

Por lo general, las organizaciones voluntarias se suelen orientar a la prestación de servicios o al cambio social (o a ambos objetivos a la vez). Las funciones del voluntariado en el campo de la intervención social son las siguientes: Solidaridad con sectores excluidos por la sociedad (generalmente mediante acompañamiento social); prevención y reinserción; desarrollo social y potenciación de la comunidad y sus redes sociales; sensibilización, denuncia social y defensa activa de minorías y grupos oprimidos/dominados.

Llegados a este punto, no deberíamos confundir el voluntariado con el apoyo social espontáneo, basado en la solidaridad primaria, del que hablamos aquí ayer. Ese apoyo social vecinal, espontáneo y solidario, se puede convertir en un sistema de apoyo (contactos sociales duraderos). O puede diluirse, una vez finalizada la emergencia, sin llegar a crear un sistema relacional duradero de apoyo social. Es decir, las acciones voluntarias espontáneas que florecen estos días, están basadas en una solidaridad primaria que opera en redes sociales naturales (vecinales, familiares, de amistad, etc.), que pueden desaparecer tan rápidamente como han surgido. Esperemos que eso no ocurra. Pero, en cualquier caso, se no se trata de una solidaridad garantizada.

Yo misma decía el 17 de marzo, con motivo del #DiaMundialDelTrabajoSocial, que las potencialidades de cada persona sólo pueden desplegarse en contextos de solidaridad colectiva garantizada. Dicho de otro modo, la solidaridad vecinal y/o comunitaria es vital para brindar apoyo social, pero nunca puede estar garantizada. Sólo desde el Derecho se puede garantizar algo para tod@s. Es una cuestión de Justicia, no de reciprocidad ni altruismo.

¿Qué es lo que asegura una solidaridad colectiva garantizada?

El único modo en que una comunidad política (ya se trate de un estado, nación, autonomía, provincia, cabildo o municipio) puede garantizar la solidaridad entre sus miembros, es a través de instrumentos jurídicos (mandatos legales) y políticas públicas universales de protección social.

Sólo mediante políticas sociales (en eso consiste un Estado Social) se puede garantizar la satisfacción de las necesidades universales que tiene toda la población, independientemente de su riqueza/pobreza, su edad, su género, o cualquier otra diversidad. Me refiero a estas 6 necesidades:

  • Salud (que solo desde un sistema sanitario público universal puede estar garantizada).
  • Aprendizaje (que sólo desde un sistema educativo público universal puede estar garantizada).
  • Subsistencia (que sólo desde un sistema de garantía de ingresos público universal puede estar garantizada).
  • Autonomía e integración (que solo desde un sistema de servicios sociales público universal puede estar garantizada).
  • Alojamiento (que sólo mediante una política pública universal de vivienda puede estar garantizada).
  • Empleo (que sólo mediante una política laboral pública universal puede estar garantizado).

Resumiendo: la solidaridad primaria (ya sea mediante una acción voluntaria organizada o mediante una acción espontánea informal) sólo la puede proporcionar la gente, ayudándonos unos a otros en nuestra familia, nuestro vecindario o nuestra comunidad. La solidaridad garantizada, en cambio, sólo la puede proporcionar el Estado. Pero no cualquier forma de estado: sólo un Estado Social puede lograrlo. ¿Cómo? Mediante potentes políticas públicas que respondan de manera universal (sin excepciones) a esas seis necesidades que toda la población tenemos. Además de responder a necesidades específicas de ciertos sectores concretos (ya sea por razones de diversidad funcional, de edad, género, etc.).

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