12 de junio de 2013 - 12 de junio de 2024

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años de periodismo
Nosotras parimos, ¡nosotras decidimos!

Interrupción ‘involuntaria’ de nuestros derechos

Aurora Escobar

Ni en China, que te obligan a abortar, ni aquí que te obligan a dar a luz. ¿Tan difícil sería que los implicados pudiesen elegir si desean ser padres o por el contrario, no?

La reforma de la Ley del Aborto está generando amplísimas polémicas y no es para menos. Que un gobierno gestione la vida pública es lo justo y lo obligatorio, pero que lo haga también con los asuntos privados de las personas excede el colmo de lo soportable.

La nueva Ley del Aborto o “Ley Gallardón” no deja más que ver lo que era un secreto a voces: que las políticas neoliberales propuestas por el actual gobierno continúan atacando a los que presuponen más débiles (mujeres, discapacitados, estudiantes…). En este caso, esta imposición retrotrae a la mujer a años pasados en los que su voz no debía escucharse; ¿por qué si no no se le permite a la implicada determinar las decisiones sobre su propio cuerpo?

Está más que claro que el aborto no es un tema que tomar a la ligera ya que soporta muchas consideraciones, pero más duro que para el gobierno lo será para la mujer que tenga que tomar esta decisión. Si ya de por sí es bastante dura, no es comprensible que la etiqueten de “orden”.

Analizando con detalle esta reforma, se desgrana que los únicos supuestos por los que se podría interrumpir voluntariamente el embarazo serían en caso de violación, peligro para la salud física o psíquica de la madre o malformación del feto, pero atentos porque tienen su letra pequeña. El caso de violación únicamente podría ser un supuesto en caso de que el embarazo no supere las 12 semanas de gestación y de que el delito haya sido denunciado previamente; pero, ¿y si no se ha denunciado por alguna razón de peso como miedo o amenazas?

En segundo lugar se da el caso de peligro para la vida o la salud física o psíquica de la madre, opción que habría de demostrarse después de sendos informes por parte de médicos; y en tercer lugar aparece el caso de que el feto aparezca con una malformación incompatible con la vida, algo que también deberían “burocratizar” anteriormente los profesionales de la salud.

A fin de cuentas obtenemos una conclusión: el proceso de la interrupción del embarazo solo se dará en los casos en que los médicos consideren, por lo que el aborto sigue sin estar en manos de la embarazada. A lo que hay que añadir la gran dilatación temporal que se produciría debido a los informes que habría que presentar y aceptar para la consecución del acto.

En resumen, este “Anteproyecto de Ley Orgánica de protección de la vida del concebido y derechos de la mujer embarazada” trae, como bien indica Jonás Fernández en su artículo para eldiario.es, “lo peor de la ley 1985”.

¿Qué nos indica esto? Que cada día continuamos perdiendo derechos y que los gobernantes, al final, acaban saliéndose con la suya. Y todo, según parece, para tener una cortina de humo que les permita cambiar el habitual tema de sus meteduras de pata y de sus nefastas gestiones a nivel político.

Quizás en este momento es más importante que nunca gritar el lema: ‘Nosotras parimos, nosotras decidimos’.

 

 

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